Conoce uno de los métodos de inversión más sencillos y seguros en los que puedes hacer crecer tu dinero.
Cuando se piensa en invertir, a menudo se suele cometer el error de hacerlo en bienes que podrían perder su valor en el corto plazo si el mercado cambia drásticamente o no estábamos informados adecuadamente respecto al producto en el que depositamos nuestra inversión.
Por el contrario, existen otras opciones en las que la inversión es realizada exclusivamente con dinero, y al término de un determinado periodo de tiempo, este dinero habrá generado intereses que nos aportarán una cantidad mayor de la que empleamos en un inicio.
Las obligaciones o bonos son documentos o títulos de crédito emitidos por una empresa privada o por un gobierno, a un plazo determinado, que ganan intereses pagaderos a intervalos de tiempo perfectamente definidos. Pueden ser nominativos o al portador.
Las obligaciones se clasifican por el tipo de garantía que los respalda
Obligación fiduciaria.
Obligación hipotecaria.
Obligación prendaria.
Obligación quirografaria.
Los bonos y obligaciones se emiten generalmente acompañados de cupones para el pago de intereses. Los cupones son pagarés que están impresos en serie y unidos a la misma obligación o bono, y cada uno tiene impresa la fecha de su vencimiento.
Algunos bonos y obligaciones no pagan intereses periódicamente, carecen de cupones; en este caso el interés generado se capitaliza y se paga al vencimiento de la obligación o bono. Asimismo, existen bonos y obligaciones que no pagan intereses en absoluto debido a que se venden en una cantidad inferior a su valor nominal; es decir, se venden con una tasa de descuento, este tipo se llama obligaciones o bonos de cupón cero.
La redención de una obligación o bono se lleva a cabo en la fecha de vencimiento, llamada también fecha de redención; sin embargo, si el documento contiene una cláusula de redención anticipada, el emisor tiene la opción de redimir el documento antes de su fecha de vencimiento.
Así pues, el valor de redención es la cantidad que el emisor tendrá que entregar al tenedor (inversionista) del documento al concluir el plazo para la vigencia de la emisión. Este valor de redención puede ser igual al valor nominal, menor o mayor a su valor nominal, entonces se dice que ese título se redime a la par, bajo la par o sobre la par.
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